Herencia: cuándo aceptarla o rechazarla

En esta nueva entrada hablaremos sobre cuándo es mejor aceptar o rechazar una herencia. Lo principal es entender, como hemos explicado en entradas anteriores, que es un acto totalmente voluntario por parte del heredero, por lo tanto de aceptarla tiene hacerlo con todas sus consecuencias.

En el caso de la aceptar o rechazar dicha herencia, el heredero se hace participe teniendo la libre disposición sobre los bienes, pero de la misma manera adquiere todas las deudas y obligaciones.

Existen dos mecanismos de aceptación, sin beneficio de inventario: donde el heredero acepta la disposición sobre todos los bienes y asimismo las obligaciones o deudas que dicha herencia posea. Y la aceptación a beneficio de inventario: donde el heredero podrá acceder a la información sobre cada uno de los bienes y sus respectivas obligaciones, con el fin de conocer en profundidad el haber hereditario y así poder separar las obligaciones o cargas dentro de la herencia de su patrimonio propio, dejando claridad en responder por las deudas o cargas solo hasta el valor total de la herencia; y si por alguna razón las cargas superan los bienes hereditarios, el heredero no deberá responder con capital propio.

En caso de que se opte por rechazar los derechos hereditarios, el heredero no se hará responsable de ningún bien, ni de las obligaciones. Existen ocasiones donde se ven perjudicados los acreedores, para ello se puede pedir al juez tomar dichos bienes en nombre del heredero.

Recuerda que existen casos que pueden tener particularidades, por ello es recomendable que siempre consultes a un experto en herencias para tomar decisiones acertadas. En Estudio jurídico bretón, podemos ayudarte.