Heredar una propiedad intelectual

Para la ley española, la propiedad intelectual hace referencia a los bienes económicos, intangibles o físicos, que son producto de la creación de la mente humana y que están protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual. En el artículo 1 se menciona “una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación”. El primer paso es determinar cuándo una obra cumple con las características indicadas anteriormente y posterior a eso, decretar si es heredable o no.

La mejor manera para que los herederos se beneficien de este patrimonio es incluyéndolo en el inventario, a través de la adición a la herencia. Este proceso se lleva a cabo por medio de la redacción de una nueva escritura. En el documento actual se expone que, durante la partición de la herencia se pasó por alto un bien y proceden a la descripción y valoración de este.

Si por ejemplo la persona fallecida es autora de una obra literaria, de la cual la editorial sigue beneficiándose de los ingresos que obtiene gracias a esta, los herederos se encuentran en la obligación de recibir regalías por dicha creación. Una vez esta propiedad intelectual esté patentada en el testamento, tienen el derecho a un pago por obras vendidas, por esa razón los herederos llegarán a un acuerdo con la empresa para acordar las ganancias que les pertenecen.

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