Albacea testamentario

A la hora de hacer un testamento es necesario nombrar a una persona de confianza que se encargará de hacer cumplir las ultimas voluntades del testador. En el ámbito jurídico esta figura se conoce como Albacea testamentario. Después del fallecimiento del testador, esta persona gestionará todo lo que se haya dejado por escrito en el testamento.

El Albacea es un cargo que puede aceptar o no la persona de forma voluntaria, no lleva ningún perjuicio económico y, en caso de aceptar, tendrá que encargarse de velar, administrar y verificar la partición de los bienes y verificar que los herederos cumplan con todo lo establecido.

La persona nombrada como Albacea debe ser mayor de edad y debe estar en completa facultad de capacidades para asumir esta responsabilidad. Incluso pueden ser nombrados más de una persona, asimismo pueden establecerse un Albacea particular, para fines específicos, y un Albacea universal que se ocupará de cumplir con todas las voluntades.

En el caso de que no se haya dejado a alguien nombrado, serán los herederos los que deban encargarse de que se cumplan todas las disposiciones escritas en el testamento.

No es necesario nombrar siempre a un Albacea, pero en algunos casos es muy conveniente y beneficioso. Sobre todo en los casos de herencias muy complejas, con muchos bienes a repartir y con múltiples herederos, de esta forma se evitarán muchos conflictos.

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