Protección a la víctimas de violencia de género

El Gobierno ha ampliado la protección a las víctimas de violencia de género en su último consejo de ministros con la aprobación del Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género. Modificando así, la Ley de medidas de protección integral, la Ley del régimen local y el código civil.

Con estas modificaciones se permiten mayor campo de actuación en los Ayuntamientos y se fortalecen los recursos de asistencia para las víctimas y el acceso a la justicia. De esta forma, se refuerza la asistencia permitiendo una actuación urgente no solo de los colegios de Abogados, sino también de los procuradores. Asimismo se habilita la posibilidad de acreditación de víctimas ante situaciones que no tienen denuncias previas o consecuencias sin procesos judiciales abiertos.

Con respecto a la parte económica, que puede ser una de las razones por las cuales las víctimas no se atreven a denunciar, se prevén más ayudas sociales de carácter autonómico y local. Incluso en el caso de ser menores de edad, con la reforma del Código civil se brindará mayor protección y asistencia psicológica.

Para conocer más a fondo los cambios comentados, puedes consultar todas las modificaciones legislativas que han entrado en vigor el pasado 5 de agosto de 2018.

«- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre , de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género: se modifica el apartado 4 y se añaden tres nuevos apartados 5, 6 y 7 en el artículo 20; se modifica el artículo 23, y se modifican los apartados 2 y 5 del artículo 27.

– Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local : se añade un párrafo o) al apartado 2 del artículo 25

– Código Civil: se añade un nuevo párrafo segundo en el artículo 156». (noticias.juridicas.com)

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