Herencia: parejas de hecho

En anteriores publicaciones hemos comentado acerca del derecho de las parejas de hecho frente a una herencia enfocándonos en los requisitos para la formalización de la pareja de hecho, en esta oportunidad queremos desarrollar a fondo el concepto de pareja de hecho y las diferentes opciones que se presentan ante una eventual sucesión.

Las parejas de hecho son aquellas que conviven en una relación estable de forma pública, notoria y duradera sin estar casadas. Aunque legalmente no tienen los mismos derechos que los matrimonios, sí existen algunas leyes que protegen a las parejas de hecho, incluyendo la herencia.

Cuando una persona fallece, sus bienes y derechos pasan a sus herederos legales. En el caso de las parejas de hecho, la situación puede ser más complicada ya que, legalmente, no tienen derecho a la herencia del otro. Sin embargo, existen algunas excepciones y opciones que pueden hacer que la pareja de hecho tenga algún derecho sobre la herencia.

En primer lugar, es importante destacar que las parejas convivientes pueden realizar testamentos a favor del otro miembro de la pareja, lo que les permite incluir a su pareja como heredero en su testamento, garantizando el derecho a la parte de la herencia que le haya correspondido según el testamento del fallecido.

Por otra parte, en algunas Comunidades Autónomas existe la figura del «derecho de uso» que permite al miembro superviviente de una pareja de hecho seguir utilizando la vivienda familiar tras el fallecimiento de la otra personas. Este derecho de uso puede ser vitalicio o temporal, y puede ser otorgado tanto en el testamento como en un acuerdo entre los miembros de la pareja. Adicionalmente, se encuentra la figura de “la pensión de viudedad” que reconoce el derecho a la pensión siempre que se cumplan los requisitos de tiempo o inscripción dependiendo de la comunidad autónoma que corresponda.

Por último, si el fallecido no ha realizado testamento y no tiene herederos legales, la pareja de hecho podría ser considerada como beneficiaria de la herencia en virtud de la Ley de Parejas de Hecho en algunas Comunidades Autónomas.

En resumen, aunque las parejas de hecho en España no tienen los mismos derechos que los matrimonios en cuanto a la herencia, existen opciones y excepciones que les permiten tener algún derecho sobre la herencia del otro miembro de la pareja, las cuales podrán variar dependiendo de la comunidad autónoma en la que se resida y en función a la situación especifica de cada persona, por lo que recomendamos acudir a abogados especialistas en herencias para tener la asesoría al detalle sobre el tema y sobre tu caso particular.

Recuerda que, en nuestro despacho de abogados en Madrid, Estudio Jurídico Bretón, podemos ayudarte. Realiza tu primera consulta de forma gratuita, ¡contamos con un equipo de profesionales expertos en la materia que podrán  ayudarte!