Divorcio Express

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Con la aprobación de la Ley 15/2005, de 8 de julio, se reformaba tanto el Código Civil como la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio. Esta Ley pretende reforzar la libertad de decisión del matrimonio para solicitar la separación o el divorcio. El procedimiento es más ágil, denominado Divorcio Express.
Diferenciamos estos dos estados, separación y divorcio, que pueden solicitar los cónyuges. La separación viene autorizada por el Juez a los cónyuges para que puedan vivir separados de cuerpos y bienes, pero evitando que estos puedan volver a contraer matrimonio. Con lo que respecta al divorcio, se trata de la disolución total del vínculo matrimonial que les permite casarse de nuevo.

Antes de la entrada en vigor de esta Ley 15/2005, un matrimonio no podía acceder al divorcio sin haber accedido a la separación previamente. Como se describe en la exposición de motivos de la Ley, los Tribunales de Justicia son sensibles a los cambios y evolución en el modo de concebir las relaciones de pareja en la sociedad.

Ahora es posible pedir el divorcio de una forma más rápida y económica siempre que:

  • Ambos cónyuges estén de acuerdo en la petición del divorcio.
  • Tras el transcurso de 3 meses desde la celebración del matrimonio. Si uno de los cónyuges acredita riesgos para la vida, la integridad física, la libertad, no será necesario el transcurso de este tiempo.

La rapidez del trámite depende de la situación en la que se encuentre el matrimonio, es decir, si tiene o no hijos, si poseen bienes en común. Por supuesto, el divorcio más sencillo es aquel que no tiene ni hijos ni bienes en común, sólo deben pactar de mutuo acuerdo la disolución del matrimonio.

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