Ley de Segunda Oportunidad

El 2 de julio de 2019 el Pleno del Tribunal Supremo ha marcado el camino para la salvación de millares de consumidores, autónomos y pymes hundidos económicamente. Ahora es posible, los juzgados podrán liberar, además del resto de deudas, las de carácter público (Hacienda, Seguridad social, Ayuntamientos y otras) por +/- un 70% y aprobar planes de pago para el resto.

Recordar que cualquier persona física, particulares, consumidores, parados o empleados, personas que fueron administradores o socios de sociedades que avalaron a la misma, autónomos y pymes que se arruinaron y aún albergan la esperanza de una nueva vida.

Asimismo no debes tener antecedentes penales, ser un deudor de buena fe, que tu deuda no supere los 5 millones de euros y solicitar previamente una mediación concursalcon el fin de proponer un A.E.P. (acuerdo extrajudicial de pago).

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