
Tradicionalmente nuestro ordenamiento jurídico no preveía la responsabilidad de las personas jurídicas, pero a través de las últimas reformas del Código Penal cada vez es más común la imputación de delitos societarios.
Como ya hemos mencionado en entradas anteriores ha sido la aparición de un nuevo perfil jurídico, Compliance Officer, una figura empresarial y jurídica que nace de la mano del modelo de cumplimiento normativo o Compliance, lo que ha permito dar la importancia necesaria a estos asuntos.
Se trata de un modelo que existe de manera interna o externa a las empresas. El Compliance nació en Estados Unidos en los años 70 y 80 por la necesidad de regular los escándalos financieros ocurridos en esas épocas. Grandes compañías se vieron afectadas y era prioritario la creación de un modelo que regulara las actuaciones de las empresas y de sus empleados.
Por primera vez, se dictó la Foreign Corrupt Practices Act o FCPA que castigaba las actuaciones corruptas dentro de la empresa, como el soborno o la manipulación de documentación. Este fue el primer paso hasta llegar a España con el Proyecto de Reforma del Código Penal para mejorar la regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
En Estudio Jurídico Bretón realizamos la función de Compliance Officer a través de cinco conjuntos de actuaciones:
- Identificación de riesgos
- Prevención de estos riesgos, mediante la creación de procedimientos de control.
- Monitorización y detección de posibles problemas en la ejecución, a través de auditorias
- Resolución de incidencias
- Asesoramiento a directivos y empleados de la empresa
Desde nuestro despacho de abogados en Madrid damos soporte y desarrollamos el plan de ejecución Compliance adaptándolo a la empresa para prevenir los delitos societarios.