Separación o divorcio: trámites a seguir

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Un divorcio o separación siempre es una situación dolorosa y de cierto desconcierto entre los cónyuges. En muchas ocasiones, por desconocimiento o por falta de información y asesoramiento legal, el procedimiento puede llegar a ser muy traumático y de difícil tramitación.

Después de la reciente modificación del Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, introducida por la Ley de Jurisdicción Voluntaria, el procedimiento de separación y divorcio, además de poder ser tramitado a través de la tradicional vía judicial, se puede realizar de manera extrajudicial ante notario, en determinadas ocasiones.

PASOS A SEGUIR EN LA TRAMITACIÓN DE UNA SEPARACIÓN O DIVORCIO

1-Separación de divorcio de mutuo acuerdo: en este caso existen dos formas de tramitarlo:

  • Extrajudicial ante notario: esta vía es muy rápida y económica a través de la cual los cónyuges podrán separarse o divorciarse pasados tres meses desde la celebración de la unión matrimonial. Ambos deberán acudir a un notario a otorgar una escritura pública, de forma personal y siempre teniendo la asistencia de un letrado. En ella, deberán constar de manera inequívoca su voluntad de separarse o divorciarse, así como las medidas que se establecerán. El Código Civil en su artículo 90, regula estas medidas o efectos, en los que establece que deben constar aquellos acuerdo relativos a la atribución del uso de la vivienda familiar, la contribución de cada cónyuge a las cargas familiares, y en los casos que proceda, lo relativo a los alimentos, le pensión a la que pudiera tener derecho uno de los cónyuges y la liquidación del régimen económico.
  • Judicial: esta vía es un procedimiento rápido, sencillo y económico. Basta con la presentación de la demanda y el convenio regulador para su posterior ratificación en el Juzgado del último domicilio familiar. Este procedimiento supone un abaratamiento de los costes del procedimiento de separación/divorcio, ya que permite que ambos cónyuges sean legalmente representados por el mismo procurador y abogado.

2-Divorcio o separación contenciosa:  en este caso, la demanda de separación o divorcio es presentada por uno de los cónyuges, por lo que en este caso, no se acompaña de la propuesta de convenio regulagor, sin embargo será obligatorio indicar las medidas de la guarda y custodio de los hijos, régimen de visitas, pensiones alimenticias y compensatoria y el uso de la vivienda familiar. El fin de dicho procedimiento, es que sea el Juez quien establezca en sentencia dichas medidas. Este procedimiento es mas largo y costoso que los anteriormente mencionados, y se realizará dependiendo de los trámites del procedimiento verbal, aunque existen especialidades. Una vez que se haya presentado la demanda y sea contestada por el otro cónyuge, el Juez debe citar a las partes para una vista, en la que deben comparecer los abogados de ambos cónyuges así como sus procuradores. En caso de la existencia de hijos menores de edad, también participará el Ministerio Fiscal.

Una vez se haya celebrado la vista, el Juez dictará sentencia por la cual será decretado el divorcio así como las medidas que regirán desde ese momento las relaciones de los cónyuges y la de estos con los hijos. Dicha sentencia se deberá inscribir en el Registro Civil.

3- Divorcio contencioso al amistoso: en caso de que los cónyuges durante la la tramitación del proceso de divorcio lograsen alcanzar un acuerdo, dicho procedimiento pasará a ser de mutuo acuerdo, mediante la elaboración y posterior presentación de un convenio regulador ante el Juzgado. Si una vez iniciado el procedimiento de divorcio por la vía del mutuo acuerdo, alguna de las dos partes no ratifica ante el Juzgado la demanda y convenio presentados, el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo pasará a archivarse y se deberá iniciar un procedimiento de divorcio contencioso.

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